¿Qué pegatina necesita mi coche? – Normativa DGT

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El Ayuntamiento de Madrid empezará a multar (¡qué placer para algunas administraciones!) en seis meses a los vehículos que circulen sin llevar de forma visible el distintivo medioambiental de la DGT. La medida no se aplicará de inmediato, sino que se establece un período de seis meses de adaptación para que los conductores puedan hacerse con uno si no disponen aún de ello.

Sanciones
Por circular sin el etiquetado correspondiente – 90 euros (leve), aunque si el infractor se acoge al pronto pago (20 días naturales desde que se notifica la denuncia) abonaría 45. No obstante, la cuantía definitiva no está decidida.

La colocación de las pegatinas ambientales será clave cuando comiencen las restricciones al tráfico en el centro.

Tipo de pegatinas:

-Cero emisiones (color azul): Reservada para ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

-Eco (color verde y azul): Esta pegatina está destinada a los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías que sean híbridos o propulsados por gas. Los híbridos utilizan carburantes y deben tener una autonomía de más de 40 kilómetros solamente con electricidad. En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

C (color verde): Tendrán este distintivo los turismos y furgonetas ligeras degasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6. En cuanto a las motocicletas y ciclomotores, llevarán esta etiqueta aquellas homologadas según las normativas de emisiones Euro 4 y Euro 3.

B (color amarillo): Para los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5. La etiqueta B también identifica a las motocicletas y ciclomotores homologados según la normativa de emisiones Euro 2.

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¿Qué pegatina le corresponde a mi vehículo?

La DGT ha puesto a disposición del ciudadano un servicio web para facilitar la selección correcta, pulsa aquí para saber más.

Si tu vehículo no está seleccionado formará parte de los no aptos para la circulación en esas condiciones determinantes (tranquilo porque son situaciones muy concretas y limitadas, puedes seguir circulando tranquilamente con tu coche). Los coches diésel anteriores a 2006 y gasolina de antes de 2000 así como las motos y ciclomotores anteriores a 2003 no disponen de pegatina o distintivo ambiental al considerarse que no cumplen con los requisitos para ser etiquetados como vehículos limpios. Esta flota es la que se verá más afectada por las restricciones de tráfico en periodos de alta contaminación.

¿Cómo consigo la pegatina?

Cuando las pusieron en circulación la DGT envió las pegatinas por correo a los domicilios de los conductores en función de las características de sus vehículos. Mientras que a los coches nuevos se les entrega directamente la distinción ambiental en el momento de su compra. Si no es tu caso puedes consultarnos al 947540018, Auto Rauda te la consigue.

Recuerda colocarla en la parte inferior derecha de tu parabrisas.

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Novedades destacadas:

Los patinetes eléctricos no podrán ir por las aceras. Los patinetes podrán circular por casi todas las calles de Madrid (aquellas que tengan un límite de velocidad de 30 o 20 kilómetros por hora), y por los carriles bici, pero no podrán hacerlo por las aceras en ningún caso. Además, se recomienda el uso del casco pero no se establece como obligatorio. En un año, se analizará si se permite su circulación también por las ciclocalles, en las que ahora conviven bicicletas y vehículos. Por las calzadas, los patinetes deberán circular por la parte central del carril. Se prohíbe expresamente la circulación de los patinetes por los carriles bus, así como por los tramos de la M-30 sin semáforos, y “se podrá restringir su circulación por túneles”. A 30 km/h en calles de un carril por sentido. Se limita la circulación de vehículos a 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido así como de un único carril, el 85% de las calles de la capital. Se podrá cruzar sin paso de peatones en zonas 30. Los peatones podrán cruzar sin necesidad de hacerlo por un paso de peatones en las zonas 30 señalizada siempre que hayan comprobado que no hay riesgo ni entorpezca la circulación. Giro a la derecha a bicis con semáforo rojo señalizado.

El texto contempla que las bicicletas puedan girar a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizado. A 20 km/h en vías de plataforma única. El límite para aquellas vías de plataforma única (calzada y acera al mismo nivel) será de 20 kilómetros por hora. Zona de prioridad de aparcamiento vecinal. La norma recoge la posibilidad de implantar Zonas de Aparcamiento Vecinal en barrios con problemas de estacionamiento, siempre que se produzca una solicitud de los ciudadanos. Los vecinos de estos barrios no pagarán ninguna tasa ni tendrán límite de tiempo de estacionamiento.

Los taxis podrán parar dos minutos en el carril bus. El texto permite la parada de taxi en carril bus-taxi para subida y bajada de viajeros por un tiempo máximo de dos minutos, pero no se permitirá la parada para esperar dentro del vehículo al cliente.

Zonas peatonales. La norma establece la posibilidad de declarar zonas de prioridad peatonal, donde quedará prohibido el estacionamiento de motos y bicicletas.

Veto a las ‘bicibarras‘. Con la ordenanza se prohibirán las denominadas ‘bicibarras’, esas bicicletas multitándem de hasta 18 personas con grifo de cerveza que han adquirido una enorme popularidad. El límite máximo de ocupantes en las bicicletas se establece en cinco personas, y para que sean más tendrán que tener autorización municipal expresa.

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Ayuda LEADER 2014-2020. A.D.R.I. Ribera del Duero Burgalesa

Esta entidad en colaboración con la Asociación de Desarrollo Rural e Integral de la Ribera del Duero Burgalesa, ha recibido una ayuda dentro del programa LEADER 2014-2020 cofinanciado por fondos FEADER 80%, La Junta de Castilla y León 14%, y el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación 6%, de acuerdo a lo expresado en la siguiente imagen que también adjuntamos.